Una de las preguntas frecuentes respecto al reconocimiento o validez de una certificación en el Estándar de Competencias EC0548 es si la CONADIC (Comisión Nacional contra las Adicciones) reconoce las certificaciones en cuanto al cumplimiento de los requisitos que establecen en cédulas de supervisión, derivadas de su interpretación de la NOM028-SSA2-2009 para la prevención, tratamiento y control de las adicciones, al momento en que se desarrolla una revisión en un establecimiento especializado para el tratamiento de las adicciones. Responder esta pregunta no es nada fácil, vamos por partes.

¿Qué es un Estándar de Competencias?

Según lo describe el CONOCER (Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales) se trata de:

Un Estándar de Competencia describe el conjunto de conocimientos, habilidades, destrezas y comportamientos que requiere una persona para realizar actividades con un alto nivel de desempeño.

¿Quiénes elaboran un Estándar de Competencia?

Los Estándares de Competencia son desarrollados por los Grupos Técnicos de Expertos integrados por quienes llevan a cabo las mejores prácticas en la función que se piensa estandarizar.

Para el caso del EC0548 – Consejería en adicciones fue elaborado por un grupo técnico integrado por  tres organizaciones:

  • Comisión Nacional contra las Adicciones (CONADIC)
  • Centro Nacional para la Prevención y el Control de las Adicciones (CENADIC)
  • Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas/Organización de Estados Americanos(CICAD/OEA) * (Solo aparece en el documento)
  • Universidad Veracruzana * (Aparece en el sitio web y en los certificados)

Esto quiere decir que la misma CONADIC formó parte del grupo que definió el qué, el cómo, el cuándo y el dónde, sin embargo, el Estándar de Competencias es otorgado por el CONOCER con el respaldo de la Secretaría de Educación Pública, no es otorgado por la CONADIC, aunque la CONADIC se encuentra registrado como certificador ante el CONOCER, no es el único que ha logrado acreditarse como tal.

Esto quiere decir que el resto de los certificadores acreditados cumplieron con los requisitos para certificar en el EC0548 – Consejería en adicciones. 

¿El certificado que otorgan otros certificadores acreditados es valido?

Claro que sí, ya que su valía no la determina la CONADIC sino el CONOCER con respaldo de la SEP, lo que varía de un certificado a otro es la Entidad de Evaluación y Certificación (ECE) que gestiona el proceso, pudiendo apoyarse de Centros de Evaluación (CE) como el de esta asociación, o Evaluadores Independientes (EI) acreditados por la misma entidad, por eso podemos encontrar certificados que en el lado izquierdo tienen distintos logotipos, ya que estos son los logotipos de los ECE, sin embargo, absolutamente todos tendrán los logotipos de la SEP, CONOCER, CONADIC y Universidad Veracruzana.

Certificado por la ECE de la STPS de BC y por la ECE de la CONADIC

Ambos certificados son emitidos por las mismas autoridades y con el mismo respaldo, además, que todos los certificados tiene la leyenda al pie que dice:

ESTE CERTIFICADO ES VÁLIDO EN LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, NO REQUIERE TRÁMITES ADICIONALES DE LEGALIZACION

Al respecto, el CONOCER compartió en sus redes la siguiente imagen

Fuente: https://www.facebook.com/ConocerMx/photos/a.312530125508859/3859542370807599

La verdadera pregunta ante la confusión es ¿Por qué no habría de aceptar certificados emitidos por el CONOCER la CONADIC? tal vez las motivaciones tengan su fundamento en deseos de los distintos grupos que se ven involucrados en el tratamiento de las adicciones, pudiendo ser Redes de Asociaciones, la misma CONADIC, los CECA de cada entidad, etcétera.

Requisito de consejeros certificados como puntuación para el cumplimiento de la NOM-028-SSA-2009

Si bien es cierto que regularmente se tiene la creencia que todos y todas las consejeras que operen en un centro de tratamiento deben de estar certificados y certificadas en el EC0548, esta no tiene fundamento legal alguno, la certificación en el EC0548 no se encuentra contemplada en la NOM-028-SSA2-2009, y no es difícil advertirlo, primero, en el 2009 no existía el EC0548 y en segundo, la norma en cuestión no indica algún tipo de certificación para personal considerado no profesional, es decir, que no sean psicólogos, médicos, psiquiatras, como lo son los padrinos y madrinas que cotidianamente operan en los centros de tratamiento y para quienes se elaboró el EC0548, para esto, hay que tener en cuenta que el EC0548 y el resto de los estándares de competencias tienen como uno de sus objetivos fundamentales la posibilidad de mejorar las condiciones laborales de diversos sectores, entre estos, el sector social, y con esto posibilitar que los empleadores, en este caso centros de tratamiento para las adicciones, clínicas, etcétera, vean en el personal certificado una buena inversión, ya que la certificación supone que el individuo que la tenga cumple con el saber, saber hacer y saber estar que requiere el desempeño de un o una consejera en adicciones. El estándar no se creó con la finalidad de regular en el sentido jurídico – técnico, como lo hace una Norma Oficial, a las y los consejeros en adicciones, es por sobre todo, una certificación laboral.

Desafortunadamente la misma CONADIC ha promovido, con el silencio, la desinformación respecto al Sistema Nacional de Competencias y el mismo Estándar de Competencias EC0548, incluyendo la certificación en las diversas versiones que existen para la evaluación de centros de tratamiento, por lo tanto podemos referirnos a la CÉDULA DE SUPERVISIÓN PARA ESTABLECIMIENTOS RESIDENCIALES CON MODELO DE ATENCIÓN MIXTO V 3.7.1 2021 en la que se observa lo referente al numeral 4.4.3 que dice:

4.4.3 Verificar la existencia de al menos un consejero en adicciones certificado en el “Estándar de Competencias EC0548 Consejería en Adicciones” Evidencia: certificado oficial expedido por CONADIC

En primer lugar, la CONADIC no expide los certificados, más bien puede certificar, capacitar o evaluar, como lo menciona CONOCER como las funciones de una ECE:

Las Entidades de Certificación y Evaluación de Competencias (ECE) son organizaciones o instituciones públicas o privadas autorizadas por el CONOCER para capacitar, evaluar y certificar las competencias de las personas con base en los Estándares de Competencia inscritos en la Registro Nacional de Estándares de Competencia (RENEC).

Fuente: https://conocer.gob.mx/preguntas-frecuentes/

Lo interesante de esa cedula es que contiene un texto en rojo que dice NO APLICA, por lo que los centros de tratamiento se mantienen, como siempre, en una incertidumbre jurídica, operada por los CECA de cada entidad respaldada por la CONADIC.

Desde la creación del EC0548 la CONADIC se presentó a sí misma como la única institución que podría capacitar, evaluar y certificar, lo realizaron un poco por medio del programa, hoy desaparecido, PROCCER (Programa Mexicano de Capacitación y Certificación de Consejeros en Adicciones) este programa fue el primer contacto que tuvieron los padrinos y madrinas que fueron convocadas para la capacitación y posterior evaluación y certificación, el desarrollo de este programa tuvo un capital económico importante y salió de la iniciativa Mérida, dentro del pilar Reducción de la Demanda de Drogas, contemplando en el criterio 3:

3. Certificación de Consejeros en Adicciones: En colaboración con la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) de la OEA, este programa busca formalizar la educación del personal que trabaja en adicciones, por medio de un programa de capacitación y certificación. Se ha realizado un censo de las instituciones de internamiento y se ha capacitado a aproximadamente 600 consejeros. La certificación con los nuevos estándares iniciará en 2015.

Fuente: https://photos.state.gov/libraries/mexico/310329/Feb2015/DDR-Factsheet-jan15-sp.pdf

Hasta el día de hoy, (24-04-2021) no se tiene registro del presupuesto que gastó la CONADIC en el programa PROCCER, argumentando que los fondos fueron administrados por la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) de la OEA, es decir, no fue un programa nacido en la CONADIC, no lo creó únicamente la CONADIC y se trató en primer lugar, de un mecanismo para reducir la demanda de drogas, cosa que evidentemente tampoco funcionó. La fuente de información es una solicitud de información que se puede visualizar aquí.

Los escenarios respecto a la CONADIC, los centros de tratamiento y el EC0548 son desde hace años bastante confusos, por un lado la CONADIC pide que se tenga personal certificado y por otro no certifica, esto representa una incongruencia total, y ahora, que privados ofertan la capacitación y evaluación con fines de certificación desconocen los certificados, alegando que solo ellos pueden certificar o que no los harán validos, o incluso el 23 de julio de 2019 hicieron un intento por detener las evaluaciones y certificaciones en el estándar, utilizando el mecanismo de la actualización como herramienta, el oficio se puede visualizar aquí. Las evaluaciones se detuvieron durante aproximadamente 6 meses, al final, no se realizó ninguna actualización y las evaluaciones y certificaciones siguieron.

Al final

La finalidad de la evaluación y la certificación es mejorar los servicios de atención para las adicciones, y si acaso la CONADIC no acepta la certificación emitida por el CONOCER y no presenta de forma clara una justificación legal al respecto, seguirá la desinformación y la desmotivación de miles interesados en certificar sus competencias. Desde RIIDE, promovemos la capacitación, la evaluación y la certificación en el EC0548 ante la incapacidad de la CONADIC para atender a los centros de tratamiento y sus colaboradores.


07/10/2021

Aplaudimos la circular del Instituto Contra las Adicciones de Baja California (ICABC) en torno a la certificación en el EC0548 y el valor del mismo en las revisiones del cumplimiento de la normatividad en Baja California.

Circular Consejeria-ICABC

La certificación es ideal y deseable, pero no obligatoria para los centros de tratamiento.


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Escrito por Osvaldo Noe Gonzalez Del Rio – Director General – Red de Investigación Innovación Desarrollo y Estadística A.C.


Última actualización: 7 de octubre de 2021